yo uso dispositivos moviles

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Protocolo de Uso de Dispositivos Móviles en el CRD de OURENSE

Documentación y regulaciones

  • Protocolo de protección de datos personales de la Xunta de Galicia, Consejería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades, 2022.
  • Decreto 8/2015, de 8 de enero, por el que se desarrolla la Ley 4/2011, de 30 de junio, de convivencia y participación de la comunidad educativa en materia de convivencia escolar.
  • Ley 4/2011, de 30 de junio, de convivencia y participación de la comunidad educativa.
  • Reglamento general de protección de datos: REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
  • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
  • LOPDGDD: Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

 

O El uso de dispositivos móviles en el CRD de Ourense contemplará y respetará al máximo los derechos de privacidad:

  1. Está prohibido Uso de imágenes del personal del CRD de Ourense, residentes o colaboradores sin la debida autorización. Es un delito penal penado por la ley.
  2. Ley 4/2011, de 30 de junio, de convivencia y participación de la comunidad educativa y Decreto 8/2015, de 8 de enero, por el que se desarrolla la Ley 4/2011, de 30 de junio, de educación para la convivencia y participación comunitaria en materia de convivencia escolar, el NOFC de la CRD de Ourense, recogen explícitamente cómo, conductas gravemente perjudiciales para la convivencia: la grabación, manipulación o difusión por cualquier medio de imágenes o informaciones que atenten contra el derecho al honor, a la dignidad de la persona, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen de los demás miembros de la comunidad educativa.
  3. está Está prohibido el uso de teléfonos móviles y dispositivos electrónicos (cámaras de fotos, mp3, etc./etc.) a los residentes del centro en horario de estudio y de 23:30 a XNUMX:XNUMX horas., debiendo encontrarse a partir de ese momento en modo “silencio o vibración”, por motivos de descanso del resto de vecinos y colaboradores. Su uso fuera del horario permitido traerá consigo un aviso, y si se continúa utilizando, el profesorado o educador podrá confiscar dicho dispositivo. oh La pérdida de cualquiera de estos dispositivos no tendrá relación con el Centro Docente Residencial de Ourense., teniendo los residentes que tomar las medidas preventivas necesarias.
  4. Será considerado como falta muy grave y, en consecuencia, la aplicación de sanciones especificadas en el documento denominado Normas de organización, funcionamiento y convivencia del centro (NOFC) lo siguiente, relacionado con el uso de dispositivos móviles.

 

  • Grabar con teléfonos móviles u otros medios escenas o personas del Centro Residencial Docente de Ourense sin autorización expresa del centro, de la persona o personas objeto de la grabación o del personal educativo, así como subir a Internet cualquiera de estas grabaciones o cualquiera de las redes sociales.
  • Difundir fotografías o proyecciones personales de otras personas o utilizar cualquier medio con el fin de insultar, difundir rumores falsos o acusaciones a cualquier miembro de la Comunidad Educativa del centro.
  • Cualquier sabotaje o intento de sabotaje a los routers y cualquiera de los ordenadores/tablets que existen en la Residencia: Dirección, Administración, Jefe de Residencia, personal docente e incluso sus propios compañeros.
  • Participar en una red social o un grupo de WhatsApp donde alguien sea irrespetuoso o realice comentarios ofensivos y/o difamatorios contra cualquier persona de la comunidad educativa del CRD de Ourense.

 

El Centro Residencial Docente de Ourense se reserva cualquier acción que le pueda corresponder en el ámbito administrativo o judicial contra los residentes y/o sus familiares, en el caso de que se produzca el incumplimiento de las normas y protocolos de uso de dispositivos móviles. en este centro cause cualquier tipo de daño o perjuicio a cualquier miembro de la comunidad educativa o al propio Centro.